El Gobierno de Navarra, conforme a lo establecido en la Resolución 182/2023 de la directora general de Vivienda, ha puesto en marcha como poder Registrar contrato alquiler de Vivienda de Navarra.
Este registro de viviendas va dirigido a las personas físicas o jurídicas que tengan suscritos contratos de arrendamiento vigentes de viviendas en Navarra y deberán inscribir únicamente los contratos de arrendamiento vigentes de viviendas libres.
La Dirección General de Vivienda registrará de oficio los contratos de arrendamiento de vivienda protegida, que cuentan con contrato de arrendamiento visado administrativo, con independencia de si el propietario es persona física o jurídica. Los particulares tampoco deberán inscribir los contratos de viviendas libres cedidas a la Bolsa de Alquiler (gestionada por Nasuvinsa).
El principal objetivo de esta Resolución, es disponer por parte del Gobierno de Navarra de un diagnóstico real sobre los precios de arrendamientos y de instrumentos útiles para poder definir zonas tensionadas en el mercado del alquiler y adoptar posibles medidas para su regulación.
La inscripción en el registro de contratos de arrendamiento se realizará en el plazo de 1 mes, a partir de la fecha de formalización del contrato por la parte arrendadora, o en el plazo de 3 meses, desde la puesta en marcha de este Registro de contratos, de aquellos que se encontraran vigentes en el momento de puesta en marcha del mismo.
La inscripción puede ser realizada directamente por quienes sean titulares de la vivienda o, en representación de la misma, por cualquier otra persona o empresa, por lo que les ofrecemos la posibilidad de realizar este trámite en su representación.
En el caso de que quieran que les realicemos el trámite anteriormente indicado, les agradeceríamos que se pongan en contacto con nosotros para indicarles la documentación necesaria y el coste.
Quedando, como siempre, a su disposición para aclarar cuantas dudas puedan suscitarse.
Atentamente,
Fagoaga Asesores – Asesoria en Pamplona